miércoles, 23 de julio de 2014

¿Se presentó PODEMOS a las elecciones europeas sin tener registrada su marca?

Dejaremos entre interrogantes el título de este post por si hay algún error u omisión nada intencionados, pero salvo que alguien demuestre lo contrario, y tras realizar una simple búsqueda en el buscador de marcas TM View, se comprueba como la única solicitud de marca a nombre de este partido político (M3519157) fue presentada el pasado 10 de julio, abriéndose el plazo de oposición de dos meses el 28 de julio, y es del logotipo corporativo que usa actualmente esta corporación en la clase 35, no correspondiéndose con la imagen que aparecía en las papeletas electorales con la cara de Pablo Iglesias, que ya levantó cierta polémica y de la que no se encuentra ninguna solicitud de registro de marca.


Repasando la hemeroteca en las últimas semanas, aparecen numerosas referencias a José Jorge González, empresario de Torrelavega que, "sin interés en el dinero y para dar una lección", procedió al registro de la marca PODEMOS!. Lo de usar en esta misma noticia el término "patentar un nombre" en el encabezado o lo de aceptar que se presuma de tener "cinco marcas patentadas a nivel internacional", son confusiones que ocasionan cabreo redundante, pero ya fueron objeto de otro post en este mismo blog. Es posible encontrar otras medios que se hacen eco de esta noticia, aquíaquí y aquí, habiendo incluso algunos que hacen patria chica de la importancia de que la solicitud se haya presentado en Huelva.

La solicitud del Sr.González (M3515507), fue presentada ante la OEPM el pasado 12 de junio, tratándose de una marca mixta (Podemos! en negro sobre una mano en rojo) en la clase 45, con la curiosa descripción de su actividad de "Servicios de grupos de presión política", que habría que ver el encaje que tiene dentro de la Clasificación de Niza, pero que pone bien a las claras las intenciones del solicitante. La búsqueda realizada, arroja otro resultado que ha tenido menos repercusión mediática pero que no deja de ser igualmente sorprendente, el 29 de mayo, cuatro días después de las elecciones, aparece una solicitud de marca presentada en Valencia a nombre de Hector Torres Pastor (M3514624), para la denominación "PODEMOS PARTIDO POLITICO VOTA PODEMOS" en letras blancas sobre fondo morado (clases 16 Publicaciones impresas, 38 Telecomunicaciones y 41 Formación, esparcimiento actividades culturales).

Estas dos solicitudes han recibido una oposición basada en el artículo 6.2 d) de la ley de marcas, referente a las "marcas notoriamente conocidas" por lo que habrá que esperar para saber cual es la decisión final de la OEPM, si bien a simple vista parecen claras las malas intenciones de los solicitantes. No es nuevo el uso del término PODEMOS como imagen de marca, aunque ya casi hayamos olvidado la campaña que la cadena televisiva CUATRO realizó para el Mundial de fútbol de Sudáfrica en 2010 y que tan buen resultado dio.

En cualquiera de los casos no deja de ser llamativo este fallo en la gestión del nuevo partido, que podría haberse ahorrado fácilmente muchos problemas presentando de antemano una simple solicitud por 143 euros. Es curioso, por ejemplo, comprobar como la primera solicitud de marca del término PSOE se registró el 18 de mayo de 1976 y en muy diversas clases, lo cual no deja de ser un alarde de previsión, ya que su legalización no se produjo hasta febrero de 1977.


ACTUALIZACIÓN: La solicitud presentada por PODEMOS recibió en septiembre de 2014 dos oposiciones por parecido con respecto a marcas anteriormente aprobadas al grupo Mediaset, aunque en actividades distintas (M2836103, telecomunicaciones y producción de programas de televisión y M2918946, productos de papelería y juguetes). Al tratarse de clases distintas, la OEPM desestimó estas oposiciones y ha concedido la marca en resolución favorable del día 19 de enero, publicada en el BOPI del 23.

No obstante, habría que hacerse la pregunta de si está suficientemente bien protegida la marca de PODEMOS sólo en la clase 35, destinada a la gestión de negocios de oficina, marketing y venta. Si fuera una tienda o una asesoría, la respuesta sería afirmativa sin duda, pero se trata de un partido político (¿o no?). Estaría bien que sus responsables explicaran a qué se debe la opción elegida al presentar la marca así y si es que hay algún error, deberían proteger las clases correspondientes.

miércoles, 16 de julio de 2014

El Supremo desestima la demanda presentada por Bimba Bosé contra la marca Bimba & Lola

Foto Vanitatis
La sobrina de Miguel Bosé (cuyo verdadero nombre es Eleonora Salvatore Dominguín) lleva inmersa desde el año 2006 en un conflicto judicial al sentirse perjudicada por las confusiones producidas entre su nombre artístico (protegido por dos marcas denominativas: como marca nacional en la clase 41 M2154050 y como marca comunitaria en las clases 41 y 35 EM003542263) y la marca Bimba & Lola (Marca nacional M2778148M2684954 y comunitaria EM005012455 y EM008159816), propiedad de las sobrinas de Adolfo Dominguez (entre sobrinas anda el juego).

Es curioso observar como Bimba Bosé no planteó ninguna oposición en los dos meses de oposición establecidos el trámite de aprobación en la OEPM de la marca Bimba & Lola , sino que directamente se planteó un procedimiento judicial ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en 2006 (más información aquí y aquí)), lo que es indicio de que no se efectuó una correcta y activa vigilancia de la marca, tal y como sería recomendable.

Finalmente, el Tribunal Supremo no ha estimado que haya un parecido suficiente para anular la marca concedida en su momento. Teniendo en cuenta que una marca es denominativa, que la otra es mixta y que solo hay coincidencia en un 50% del nombre ¿es argumento suficiente que se le moleste a la Sr. Bosé que la tomen por propietaria de la marca y que se le acerquen bienintencionadas admiradoras pidiéndole un autógrafo en sus bolsos?.


martes, 1 de julio de 2014

Nuevo servicio de vigilancia sectorial de marcas de la Agencia Idea

Desde hace sólo unas semanas, en la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía se viene prestando un nuevo servicio de propiedad industrial, diseñado en un principio para los centros tecnológicos andaluces, pero que está disponible para cualquier empresa andaluza interesada. Se trata de una serie de informes sectoriales de vigilancia de marcas, que pretenden ofrecer información actualizada sobre las últimas solicitudes de marcas y nombres comerciales presentadas con respecto a una actividad concreta. Lógicamente el servicio es gratuito

Hasta el momento se están elaborando informes sectoriales para CITOLIVA relativos a marcas de aceite de oliva, para CTAP monitorizando solicitudes presentadas en piedra natural y artificial, para ADESVA en el sector agroalimentario y para MOVEX en marcas de productos de cuero y piel.

Todos estos informes, realizados con una periodicidad quincenal, tienen como objetivo dar una información actualizada sobre nuevas solicitudes de marcas y nombre comerciales, incluyendo no sólo registros nacionales, sino también marcas comunitarias. La información contenida en estos informes es de utilidad, no sólo para controlar las nuevas marcas que se van presentando dentro del plazo de oposición de dos meses tras su publicación en el BOPI y plantear la correspondiente oposición en caso de que afecte a marcas propias en vigor, sino también para conocer de forma temprana la actividad de la competencia en cuanto a lanzamiento de nuevos productos o la aparición de nuevas empresas en el sector, ya que normalmente la solicitud de una marca se realiza de forma previa a su presencia en el mercado.


Este boletín contiene la siguiente información de cada solicitud:
  • Denominación solicitada
  • Origen nacional (E) o comunitaria ( EM)
  • Número del expediente
  • Clase solicitada del Nomenclátor Internacional de Marcas La Fecha de solicitud y publicación
  • Apariencia gráfica, si la solicitud de marca lo contempla
  • Quien es el titular o titulares.
A continuación se presenta el informe realizado para las marcas y nombres comerciales presentadas entre el 16 y el 31 de mayo relativas a la clase 29, priorizando las de aceite de oliva.

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